El CMR o Contrato de Transporte de mercancías por carretera

Índice de contenido

1.- Las mercancías viajan por carretera.
2.- El Contrato de transporte de mercancías por carretera
2.1.- Las bases jurídicas del contrato
2.2.- La carta de porte
2.3.- La carta de porte electrónica
2.4.- Los compromisos del transportista
3.- Asesoría en el Contrato de Transporte por carretera

1.- Las mercancías viajan por carretera.

Todas las empresas, para entregar la mercancía a sus clientes, recurren, en mayor o menor medida al transporte por carretera. Las razones son poderosas; seguridad, economía de dinero y ahorro de tiempo. Diversos estudios indican que el transporte de mercancías por carretera supera el 90% del transporte total de mercancías en el interior. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ofrece estadísticas interesantes. Por ellas sabemos que en 2019 el transporte de mercancías en el interior ascendió a 1.542 millones de TM. El transporte internacional representa en torno al 6% de esta cifra; sin embargo, ésta experimenta un ritmo de crecimiento sostenido, año tras año, en el último lustro, y un incremento superior al 27% entre 2014 y 2019 en toneladas desplazadas. Las razones vuelven a ser las mismas: Seguridad, Economía y Rapidez. Si bien se podrá objetar que el transporte de mercancías por ferrocarril es más económico, las dilatadas operaciones técnicas en los nudos ferroviarios, le restan una notable rapidez frente al dinamismo del transporte por carretera.

2.- El Contrato de transporte de mercancías por carretera.

Es un documento legal suscrito por el transportista o porteador y el remitente o cargador. En este documento se estipula el precio que el remitente deberá satisfacer al transportista, así como otras condiciones, tales como la fecha y lugar de la entrega de la mercancía a su destinatario, que en la jerga del gremio también puede recibir el nombre de consignatario. Si bien no es obligatorio, sí se considera recomendable. Este contrato define con exactitud las condiciones acordadas y evita problemas de interpretación de los acuerdos verbales y, en suma, evita confusiones. Este contrato se puede aplicar tanto a transportes de envío único o bien a expediciones que se programan con regularidad y con un calendario previamente acordado.

 

2.1.- Las bases jurídicas del contrato de transporte

La Ley 15/2009, de 11 de noviembre, que tiene como referente el Convenio de 19 de mayo de 1956 CMR, que trata sobre el contrato de transporte terrestre de mercancías, la Orden FOM/1882/2012, de 1 de agosto, y el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres son los textos normativos en los que se basa el contrato de transporte terrestre de mercancías por carretera en nuestro país.
En comercio internacional rige el Convenio de 19 de mayo de 1956, Convention relative au contrat de transport international de Marchandise par Route, de ahí su abreviatura en CMR. El Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera, vigente en España desde 1974, está en la actualidad suscrito por 57 países. Aquí se puede ver. Del ámbito regulado por este convenio quedan excluidos los transportes de los servicios postales, los de servicios funerarios y los de las mudanzas.

2.2.- La carta de porte

La carta de porte es un elemento clave del contrato de transporte por carretera. Especifica los términos y condiciones del contrato. En la carta han de constar el fecha y lugar de emisión, los datos del expedidor, o sea, el que hace entrega al transportista de la mercancía; los datos del transportista, la fecha y el lugar en que éste recibe la mercancía. También debe indicarse la fecha prevista de entrega de la mercancía. Naturalmente, es preciso consignar los datos del destinatario, el tipo de mercancía y los bultos que la componen y como identificar sus contenidos. Pero hay otros datos importantes que se indican en la carta de porte, como son el precio acordado por el transporte y si este importe ha de ser satisfecho por el destinatario o por el cargador y los gastos adicionales en que se pueda incurrir. Por último, también suelen especificarse las directrices para las gestiones administrativas que del transporte de la mercancía se puedan derivar. Una vez cumplimentada, la carta de porte es firmada por el cargador y el transportista. Se hacen tres copias del documento; una esta destinada al cargador, la segunda es para el transportista y la tercera acompaña a la mercancía. El modelo más usado de carta de porte es el propuesto por IRU, la Unión Internacional de Transporte por carretera.

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2.3.- La carta de porte electrónica

No cabe duda que la electrónica y las redes telemáticas simplifican y agilizan los trámites administrativos. El Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, mencionado anteriormente, y que se conoce como ROTT, ha dado un notable impulso a la gestión electrónica y ha cambiado la tramitación de los procedimientos administrativos. Permite la validación de documentos a través de registros públicos, establece las tarjetas de transporte electrónicas y suprime las tarjetas físicas. Todo ello ha contribuido a generalizar el uso de la e-CMR o carta de porte electrónica. Sin embargo, en comercio internacional solo es operativo en 11 países: Bulgaria, República Checa, Dinamarca, Eslovaquia, España, Estonia, Francia, Holanda, Letonia, Lituania y Suiza. Estos países suscribieron en febrero de 2008 un protocolo adicional al Convenio que ya conocemos como CMR.

2.4.- Los compromisos del transportista

En la carta de porte, el transportista o porteador queda obligado a situar la mercancía en su destino. Pero no solo eso. También está comprometido a cumplir con las condiciones acordadas y con la integridad de la carga que le ha sido entregada De no ser así, el transportista debe responsabilizarse de la mercancía perdida o deteriorada o de las demoras que no hayan permitido cumplir el plazo de entrega. Para la ley en vigor esa responsabilidad es imperativa, lo que quiere decir que las partes no pueden eludirla o limitarla.

3.- Asesoría en el Contrato de Transporte por carretera

Si lo que necesita es un asesor, acuda a un profesional experto, a una compañía de servicios logísticos con dilatada experiencia en transporte interior y transporte internacional. Una empresa en la que pueda confiar, como ByExpress, que estudiará su consulta y le ofrecerá soluciones a la medida de sus necesidades, con seguridad, economía y rapidez.